por la cual se regula el documento que deben suscribir las personas que en el ejercicio de sus facultades legales, quieran dejar constancia o declaración, respecto a la negativa de someterse a tratamientos o procedimientos médicos innecesarios, que pretendan prolongar la vida.
Por la cual se modifica el artículo 4° de la Resolución 3029 de 2014, por la cual se establecen las condiciones para la compra de cartera de IPS con cargo a la Subcuenta de Garantías para la Salud del Fosyga.
Por la cual se establecen los cálculos que aplicará el Ministerio para establecer los montos que deben aportar las EPS y EOC de los recursos de la UPC para su redistribución con el fin de incentivar la gestión y los resultados en relación a esta patología.
Por la cual el INVIMA establece la tarifa a pagar por parte de los laboratorios que deseen contar con autorización o renovación de la misma, para realizar las referidas pruebas. El valor a pagar será de 18.77 SMLDV.