en la cual se establecen los términos, requisitos y condiciones para que el FOSYGA reintegre a las EPS tanto del régimen subsidiado como contributivo, los recursos correspondientes a UPC durante los periodos de afiliación simultánea al SGSSS.
en la cual se define el proceso para corrección de las inconsistencias detectadas en la Base de Datos Única de Afiliados (BDUA) con ocasión del cruce de datos e información que reportan tanto la Registraduría Nacional como la Unidad de Migración.
En la cual se señalan los plazos para el giro de recursos a la cuenta der alto costo y su distribución. En la misma se indica que el plazo de giro tanto para esta cuenta como para las EPS, se efectuará en cada vigencia hasta el mes de noviembre de cada año y la distribución realizada será publicada en la página web de la cuenta de alto costo los primeros 215 días del mes de enero de cada año.
por la cual se aprueba el plan especial de asignación de afiliados presentado por esa EPS, Teniendo en cuenta la intervención forzosa administrativa y por ende liquidación decreta por la Superintendencia Nacional de Salud para la EPS Saludcoop