¿Cuáles son las clases de incapacidad o licencia que existen?

Incapacidad por medicina general o especializada: el tiempo se determina bajo criterio médico y de acuerdo con las condiciones de cada paciente y de su entorno.
Incapacidad por accidente de trabajo: lo determina el profesional médico y en este caso los pagos no los efectúa EPS SURA sino que corresponden a la ARP o al empleador.
Licencia de maternidad: como mínimo será de 14 semanas, tanto para los partos como para las adopciones de los niños menores de 18 años.
Licencia de paternidad: es de 8 días y se entrega al padre, cuando es cotizante al Sistema General de Seguridad Social.
Licencia de aborto: cuando el bebé nace muerto o hay aborto no provocado es de 2 a 4 semanas, 14 ó 28 días, según el estado de salud de la paciente.

Aprende más de las incapacidades médicas


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Trámites que deben realizar los afiliados

Trámites que deben realizar los empleadores

Causales de no pago de incapacidades por parte de las EPS

Decreto 019 de 2012 Ley Antitrámites (claridad entres transcripción y trámite de reconocimiento)

Dudas frecuentes sobre incapacidades

Para ti: dos semanas más de maternidad (trámites y tiempos de licencias de maternidad y paternidad)

Empleadores y nueva Licencia de Maternidad

ABC de las Incapacidades