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Por el cual se declara el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por razón de grave calamidad pública.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

En uso de sus facultades qu le confiere el artículo 215 de la Constitución Política y en desarrolo de lo previsto en la Ley 137 de 1994 y

CONSIDERANDO

Que en los términos del artículo 215 de la Constitución Política de Colombia, el Presidente de la República con la firma de todos los ministros, en caso de que sobrevengan hechos distintos a los previstos en los articulos 212 y 213 de la Constitución PoHtica, que perturben o amenacen perturbar en forma grave e inminente el orden económico, social y ecológico del país, o que constituyan grave calamidad pública, podrá declarar el estado de emergencia.

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