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30/10/2002
por el cual se deroga el Decreto 1755 de 2002, "por el cual se reglamenta el funcionamiento de la subcuenta de compensación interna del régimen contributivo del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga".
El Presidente de la República, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 100 de 1993 y el Decreto-ley 1281 de 2002,

DECRETA:
Artículo 1°.
Deróguese el Decreto 1755 del 2002, por el cual se reglamenta el funcionamiento de la subcuenta de compensación del régimen contributivo del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga.

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá D. C., a 30 de octubre de 2002.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Roberto Junguito Bonnet.
El  Ministra de Salud,
Juan Luis Londoño de la Cuesta.