Contáctenos

Por medio del Decreto 970 de 31 de marzo de 2011, el gobierno nacional amplió el término que se había concedido incialmente a las EPS para constituír las reservas ordenadas por el nuevo régimen financiero. Es pertinente recordar que por medio del decreto 574 de 2007 el gobierno nacional definió y adoptó las condiciones financieras y de solvencia del Sistema Unico de Habilitación de Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo y Entidades Adaptadas, y en el parágrafo 3° del artículo 8°, había establecido un plazo inicial para la constitución de las reservas de que trata el artículo 8°. De acuerdo a esta modificación efectuada en el término, la última fecha para realizar la Constitución de reservas sería el 2 de marzo de 2012.

Descargue el documento completo en formato pdf.