Decreto 056 de 2015: Por el cual se establecen las reglas para el funcionamiento de la Subcuenta del Seguro de Riesgos Catastróficos y Accidentes de Tránsito -ECAT y las condiciones de cobertura, reconocimiento y pago de los servicios de salud, indemnizaciones y gastos derivados de accidentes de tránsito, eventos catastróficos de origen natural, eventos terroristas o los demás eventos aprobados por el Ministerio de Salud y Protección Social en su calidad de Consejo de Administración del FOSYGA, por parte de la Subcuenta ECAT del FOSYGA y de las entidades aseguradoras autorizadas para operar el SOAT
Nota de Vigencia: los artículos 1° a 45 fueron derogados al ser compilados en los artículos 2.6.1.4.1 a 2.6.1.4.4.5 del Decreto 780 de 2016. Se recomienda consultar su contenido en el Decreto 780 de 2016.
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