Cómo acceder a los servicios

 

¿Cómo solicito una cita medicina general?

Como afiliado al PBS de EPS SURA debes llamar a tu IPS para pedir la cita con tu Médico de Familia o solicitarla directamente a través del botón: “Trámites virtuales PAC” opción “Solicitud y cancelación cita medicina general, odontología y optometría”

El día de la cita debes presentarte en la IPS, con mínimo quince minutos de anticipación y presentar tu documento de identidad.

Si no puedes asistir a la cita deberás cancelarla con 2 horas de anterioridad, para que otra persona tenga la oportunidad de utilizar esta cita.

Como afiliado al Plan Complementario EPS SURA el servicio de consulta con tu Médico de Familia no genera cobro de Cuota Moderadora.

 

¿Cómo solicito la autorización de Ayudas Diagnósticas y Exámenes de Laboratorio cuando tenga el Plan Complementario?

El Médico de Familia o Especialista es quien ordena las Ayudas Diagnósticas pertinentes de acuerdo al estado de salud de la persona. En caso de que requieras Exámenes de Laboratorio u otras Ayudas Diagnósticas, en la autorización te indicarán el nombre de la institución en la cual deben realizarse, con su dirección y teléfono.

Al estar afiliado al Plan Complementario EPS SURA, este servicio no generará cobro de Cuota Moderadora.

¿Qué es un bono o Copago y que servicios generan cobro del Plan Complementario (PAC)?

Es un valor fijo que se cobra al momento de utilizar algunos servicios adicionales prestados por el Plan Complementario.

Consulta de acceso directo (las consultas de especialidades incluidas en el plan).
Ayudas Diagnósticas (imagenología) ambulatorias PAC, no cubiertas por el PBS.
Atención Médica Domiciliaria.
Anualmente se ajustará el valor de este bono o copago del Plan Complementario.
Para consultar los valores de cada uno de estos servicios ingresa al botón “Bono o Copago PAC”.

¿Cómo accedo al servicio de Atención Domiciliaria?

Para acceder a este servicio es necesario comunicarte a los teléfonos que se indican en el Directorio del Plan Complementario.

En el momento de hacer la llamada, el personal médico se encargará de evaluar tu estado y te indicará el tiempo aproximado en el cual estarán visitándote.

El médico domiciliario realizará una revisión sobre tu estado de salud, si este te ordena medicamentos genéricos, luego de la atención, te debes dirigir a tu IPS Básica para autorizar las órdenes correspondientes o realizar el trámite a través del botón “Trámites Virtuales PAC” opción “Autorizaciones de Salud.”

Este servicio está sujeto a cobro de un Bono o Copago PAC definido según el plan que hayas adquirido. Si el médico lo determina, el servicio incluye traslado en ambulancia.

El servicio cuenta con áreas restringidas de acuerdo con la ciudad de afiliación.

¿Cómo pido una cita con un especialista de mi Plan Complementario?

Para solicitar una cita con un especialista debes consultar el Directorio del Plan Complementario y la especialidad de tu interés, según el plan que hayas adquirido. La cita la pides directamente en el consultorio del médico, en el número telefónico que aparece en el Directorio que puedes consultar en el botón “Directorio del Plan Complementario”

El día de la cita debes cancelar con bono o Copago PAC definido para este servicio.

¿Puedo congelar o cancelar temporalmente mi Plan Complementario EPS SURA?

Sí, el Plan Complementario puede congelarse para los beneficiarios que llevan más de un año afiliados y piensan viajar al exterior por motivos de estudio o trabajo y por un periodo que no supere los dos años de congelación.”

Al momento de solicitar la congelación se debe enviar certificación del viaje. Recuerda que este trámite lo puedes gestionar con tu asesor comercial o directamente con la línea de atención de tu ciudad.

¿Qué debo hacer si requiero ser atendido por urgencias?

En caso de tener el Plan Complementario Básico, el cual no incluye la cobertura de Atención Médica Domiciliaria, debes acudir a cualquiera de las instituciones pertenecientes a la red de urgencias del PBS que puedes consultar en el botón Directorio del Plan Complementario en la opción “Urgencias”.

Para hacer uso del servicio de Atención Médica Domiciliaria debes comunicarte con el teléfono indicado en el Directorio. Una vez hecha la solicitud la atención se prestará de acuerdo con tu estado de salud, en caso de requerir una hospitalización, el médico de Atención Médica Domiciliaria determinará a qué institución de la red serás remitido.

* El servicio cuenta con áreas de acuerdo con la ciudad de afiliación.

¿Cómo solicito la autorización cuando el médico especialista me ordene una cirugía?

El médico especialista expedirá directamente desde su sistema la solicitud respectiva y será el mismo quien la envié manera virtual para su respectiva evaluación y autorización, en caso tal que el médico especialista te entregue la solicitud de forma manual recuerda que puedes realizar el trámite a través de la página de internet botón “Trámites virtuales PAC” opción“Autorizaciones de Salud”, allí te indicarán como se debe realizar el proceso de radicación de tu solicitud.

La institución que prestará el servicio se comunicará directamente contigo para coordinar el día y la hora del procedimiento. Adicionalmente a través de nuestra página botón “Trámites virtuales PAC” opción “Autorizaciones de Salud”pestaña “Como va mi solicitud”, podrás consultar el estado de la solicitud, saber si está autorizada, y a través de cuál institución se prestará el servicio.

¿Cómo Solicito la autorización de una Ayuda Diagnóstica de imagenología PAC no cubierta por el PBS?

Esta cobertura aplica solo para planes Plus y Preferencial.

Para acceder a este servicio el médico expedirá desde su sistema la solicitud de la Ayuda Diagnóstica requerida y la enviará para su respectiva evaluación y autorización. En caso tal que el médico especialista te entregue la solicitud de forma manual recuerda que puedes realizar el trámite a través de la página internet botón “Tramites virtuales PAC” opción “Autorizaciones de Salud”, allí te indicarán cómo se debe realizar el proceso de radicación de tu solicitud.

La institución prestadora de estas ayudas diagnósticas se comunicará contigo el día y hora del procedimiento. Recuerda que las ayudas diagnósticas ambulatorias PAC no incluidas en el PBS y cubiertas por el Plan Complementario tiene cobro de un bono o Copago del Plan Complementario EPS SURA definido según el plan. Estas deben ser prestadas en la ciudad de la afiliación y deben tener registro INVIMA.

Las ayudas diagnósticas PAC no cubiertas por el PBS que sean ordenadas por el médico tratante dentro de una hospitalización, están exentas de pago.

¿Cómo accedo a la Habitación individual?

Esta cobertura está incluida en los tres planes (Básico, Plus y Preferencial) y aplica solo para las instituciones de la red del Plan Complementario.

Cuando el ingreso a la institución de la Red sea a través de un servicio de urgencias y como consecuencia de estás atención requieras una hospitalización, debes informar a la institución que está afiliado al Plan Complementario EPS SURA, para solicitar la autorización respectiva.

Cuando se trate de una cirugía programada, ordenada a través de los especialistas del PBS o del Plan Complementario, al momento de autorizar el procedimiento, automáticamente quedará autorizada la habitación individual en las instituciones de la red del Plan Complementario. Recuerda siempre indicar el Plan Complementario EPS SURA al que perteneces.

La disponibilidad está sujeta a la ciudad de afiliación del cliente.

¿De qué se trata exactamente la continuidad en la atención del parto?

Esta cobertura la ofrecen los Planes Plus y Preferencial.

Al tener acceso directo a Ginecobstetricia a través del Plan Complementario, los controles prenatales durante todo el embarazo serán realizados por el Ginecobstetra elegido por ti del Directorio de Especialistas. Si la madre gestante cumple con el tiempo mínimo de afiliación requerido para la cobertura del parto en las condiciones del Plan Complementario, será el Ginecobstetra que atendió tus controles quien asista también el parto.

*Ver Cuadro 1 Tiempo Mínimo Requerido para Coberturas.

¿Debo tener un tiempo mínimo de afiliación para acceder a las coberturas del Plan?

Sí, este tiempo mínimo requerido se llama período de carencia. Las siguientes son las coberturas que requieren un tiempo mínimo y constante de afiliación en el Plan Complementario EPS SURA:

*Tiempo Mínimo Requerido para Coberturas

Tiempo mínimo requerido de afiliación

Ayudas diagnósticas de imagenología ambulatorias, no cubiertas por el Plan de Beneficios en Salud

60 días

Atención del parto en condiciones del Plan Complementario (Habitación individual, atención de parto con el ginecólogo tratante y ayudas intrahospitalarias no cubiertas por el PBS).

300 días antes de la fecha probable de parto

Cirugías programadas en condiciones del Plan Complementario (Habitación individual y ayudas intrahospitalarias no cubiertas por el PBS)

150 días

 
 
 
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