Asesores

Por la cual la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social y la Oficina de Tecnología de la Información y la Comunicación – TIC del Ministerio de Salud y Protección Social, establecen la estructura de datos que deben utilizar tanto los operadores de los regímenes de excepción y especiales, así como las EPS para el reporte de información requerido en la citada Resolución.

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