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(agosto 26)
por la cual se adiciona un parágrafo al artículo 2° de la Resolución 2595 de 2010.

Diario Oficial No. 47813 del 26 de Agosto de 2010.

El Director General de Análisis y Política de Recursos Humanos, en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas por el numeral 7 del artículo 15 del Decreto-ley 205 de 2003 y el artículo 13 de la Resolución 1058 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución 1058 de 2010, define el Servicio Social Obligatorio como aquel en el que los egresados de los programas de educación superior del área de la salud contribuyen a la solución de los problemas de la salud y señala que debe cumplirse por
única vez “con posterioridad a la obtención del título profesional”.

Que con ocasión de las solicitudes radicadas en este Ministerio por egresados de Medicina, Odontología, Enfermería y Bacteriología y representantes de algunas Universidades, los integrantes del Comité de Servicio Social Obligatorio, según consta en Acta número 004 de 6 de agosto de 2010, conceptuaron conveniente permitir que los profesionales que obtendrán su título en el mes de septiembre de 2010, participen en el sorteo de asignación de plazas de Servicio Social Obligatorio a realizarse el 27 de agosto de 2010, por lo cual recomendó ajustar la 2595 de 2010 en lo pertinente.

Que permitir la partición en el sorteo de los egresados que adquieran el título entre el primero (1°) y el treinta (30) de septiembre de 2010, para participar por aquellas plazas que estarán vacantes a partir del 1° de octubre del mismo año, respeta las reglas establecidas por la Resolución 1058 de 2010 en lo referente a la necesidad de estar titulado para prestar el SSO y contribuye a desarrollar los criterios de transparencia e igualdad de condiciones para la selección de los profesionales de que trata el artículo 13 de la Resolución 1058 de 2010.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:
Artículo 1°.
Adicionar el siguiente parágrafo al artículo 2° de la Resolución 2595 de 2010:
“Parágrafo 3°. Aquellos egresados que obtengan su título entre el primero (1°) y el treinta (30) de septiembre de 2010, podrán inscribirse en el sorteo del que trata la presente resolución para participar por aquellas plazas que estarán vacantes a partir del primero (1°) de octubre de 2010. Para estos efectos, deberán presentar junto con los documentos de inscripción al sorteo, una comunicación de la Institución de Educación Superior en la cual certifi que la fecha de entrega del título correspondiente”.

Artículo 2°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y adiciona el artículo 2° de la Resolución 2595 de 2010.

Dada en Bogotá, D. C., a 26 de agosto de 2010.
Publíquese y cúmplase.
El Director General de Análisis y Política de Recursos Humanos,
Luis Carlos Ortiz Monsalve.
(C.F.)