Por la cual se definen los montos a aportar, reconocer y pagar a cada EPS, con el fin de incentivar los resultados en salud de la enfermedad huérfana déficit congénito del factor VIII (Hemofilia A Severa), correspondiéndole a EPS SURA de acuerdo a su población afiliada con esta patología, la suma de $1.675.192,044.
