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¿Qué es una incapacidad permanente parcial?
;Es cuando una persona presenta en forma permanente una limitación física o mental por causa de cualquier origen. Cuando un trabajador tenga una Incapacidad permanente no se debe generar una Incapacidad temporal excepto cuando haya agudización de la misma. Este tipo de incapacidad es determinada en un dictamen de perdida de capacidad laboral e implica un reintegro o reubicación laboral por parte del empleador.
¿Cómo se transcribe una incapacidad en la EPS?
;Si su incapacidad o licencia fue generada en papelería diferente a la de EPS Sura debe solicitar la transcripción a través de nuestra página web HYPERLINK "https://www.epssura.com.co/"www.epssura.com.co opciones tramites a un clip, solicitud transcripción de incapacidades
¿Es necesario incapacitarse para asistir a consultas medicas, examenes médicos o terapias?
No. El empleador debe permitirle al trabajador poder asistir a las consultas médicas y no debe generarse incapacidad temporal por este motivo.
¿Qué pasa cuando el trabajador supera 180 días de incapacidad por la misma causa o causas relacionadas?
El paciente debe ser remitido a medicina laboral de cada regional con el objetivo de que sea enviado al fondo de pensiones.
¿A partir de qué fecha se genera la incapacidad si el paciente ha terminado su jornada laboral?
La incapacidad laboral se genera a partir del día de la consulta con el profesional o a partir del día hábil siguiente, si el trabajador ya ha terminado la jornada laboral.
¿Se pueden generar o transcribir incapacidades por procedimientos estéticos?
No se deben generar ni transcribir incapacidades por procedimientos estéticos y sus complicaciones.
¿Es necesaria la historia clínica para transcribir una incapacidad?
Sí, es requisito para transcribir la incapacidad tener la Historia clínica del médico que la genera y se debe registrar el nombre del médico responsable de la generación.
¿Si un paciente consulta con médico particular se puede transcribir incapacidad?
No se trascriben incapacidades realizadas por consultas con médicos particulares que no pertenezcan a la red de SURA o a una póliza de Salud de cualquier asegurador en Colombia.
¿Qué es una incapacidad laboral temporal?
Es la que se genera cuando según el cuadro agudo de la enfermedad o lesión, el trabajador está impedido para desempeñar su capacidad laboral por un tiempo determinado, el cual es necesario para su recuperación y/o rehabilitación.
¿En qué casos se puede generar una incapacidad retroactiva?
No se deben generar incapacidades retroactivas excepto en casos de enfermedades mentales que tengan justificación médica. En estos casos se pueden otorgar máximo 30 días calendario previo a la evaluación médica.
¿Las licencias de maternidad y/o paternidad originadas en el exterior se pueden transcribir?
Sí, licencias de maternidad o paternidad originadas en el exterior se podrán transcribir si cumplen con los requisitos legales vigentes y se justifican con la Historia clínica de la institución que la expide.
¿Si un paciente consulta con médico particular se puede transcribir incapacidad?
;No se trascriben incapacidades realizadas por consultas con médicos particulares que no pertenezcan a la red de SURA o a una póliza de Salud de cualquier asegurador en Colombia.
¿Qué es un accidente de trabajo?
;Es todo suceso repentino, que sobrevenga por causa y con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte.
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;Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aun fuera de las horas y lugar de trabajo.
¿Si el trabajador muere a quién se le entrega la historia ocupacional?
La copia de la historia clínica ocupacional será entregada únicamente a su conyugue, compañera permanente o hijos y causahabientes, así como aquellas personas autorizadas por ley. (Resolución 1918 del 2209)
¿Quién custodia la historia clínica ocupacional del trabajador?
La custodia de las evaluaciones médicas ocupacionales y de la historia clínica ocupacional estará a cargo del prestador de servicios de salud ocupacional que generó el curso de la atención o por el médico especialista en medicina del trabajo o salud ocupacional que formen parte del servicio medico de la empresa. (Resolución 1918 del 2209).
¿A quién le corresponde la contratación y costo de las evaluaciones medicas ocupacionales?
Es responsabilidad del empleador contratar y pagar las evaluaciones médicas ocupacionales y las valoraciones complementarias. (Resolución 1918 del 2209)
¿Qué sucede cuando un paciente tiene pérdida de capacidad laboral menor al 50%?
El paciente debe reiniciar sus labores con las recomendaciones funcionales que el médico especialista envía a la empresa.
¿Qué es una incapacidad permanente parcial?
Se considera con incapacidad permanente parcial el estado de inhabilidad física o mental de un individuo, que presente una pérdida de la capacidad laboral igual o superior al 5% e inferior al 50%, por causa de cualquier origen (Decreto 917/99).
¿Qué es una invalidez?
Se considera con invalidez la persona que por cualquier causa, de cualquier origen, no provocada intencionalmente, hubiese perdido el 50% o más de su capacidad laboral (Decreto 917/99).
¿Qué pasa cuando el trabajador supera 180 días de incapacidad?
La EPS envía al paciente al fondo de pensiones 30 días antes del día 180, con el fin de que evalúen si el paciente tiene posibilidad de recuperación para prorrogar la incapacidad o si se define evaluación para pensión de invalidez.
¿Qué es una pérdida de capacidad laboral y quién califica?
Es la pérdida de las habilidades, destrezas, aptitudes y/o potencialidades de orden físico, mental y social, que no le permite al individuo desempeñarse en su trabajo habitual.
La Evaluación de pérdida de capacidad laboral la realiza la administradora de riesgos profesionales para patologías de origen profesional y para origen común el fondo de pensiones.
¿Qué es una enfermedad profesional?
Se considera enfermedad profesional todo estado patológico permanente o temporal que sobrevenga como consecuencia obligada y directa de la clase de trabajo que desempeña el trabajador, o del medio en que se ha visto obligado a trabajar y que haya sido determinada como enfermedad profesional por el gobierno nacional.
¿La empresa debe enviar el Formato Único de Reporte de Accidentes de Trabajo (FURAT) a la EPS?
La empresa debe enviar el formato de presunto accidente de trabajo a la EPS, con el fin de poder realizar los cobros correspondientes a la ARP y para tener identificados los pacientes con orígenes diferentes a origen común.
Se debe enviar el FURAT a la línea del prestador, fax (4) 230-70-74
¿Cómo se realiza el pago de incapacidades?
;El pago de las incapacidades y licencias se realiza al aportante, si este es persona jurídica se realiza por transferencia electrónica, si es persona natural y no esta bancarizado el pago se realiza en cheque.
¿Por qué no se pagan las incapacidades?
; Las causas por las cuales no se realiza el pago de una incapacidad son las siguientes:
¿Cómo se radican las incapacidades?
Las incapacidades generadas en línea se deben radicar por la página www.epssura.com.co y las incapacidades generadas en forma manual se deben radicar en las oficinas regionales presentando el certificado original de la incapacidad.
¿Cómo se transcriben las incapacidades?
;Si su incapacidad o licencia fue generada en papelería diferente a la de EPS Sura debe solicitar la transcripción a través de nuestro sitio web www.epssura.com.co opción Trámites a un clic, opción Solicitud transcripción de incapacidades