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Plan de beneficios en Salud

Al Plan de Beneficios en Salud se deben afiliar toda las personas que tengan un contrato de trabajo, los servidores públicos, los pensionados, jubilados y los trabajadores independientes con capacidad de pago.

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Afiliación al Plan de Beneficios en Salud de EPS SURA (PBS)Copy

Bienvenido al proceso de solicitud de afiliación y/o reporte de novedades a EPS SURA. Selecciona cual es tu condición o necesidad de trámite y te informaremos el paso a seguir.

 
 Si estás AFILIADO o RETIRADO en EPS SURA y necesitas reportar tus novedades o las de tu grupo familiar. 
 
 
 

Si estás RETIRADO de tu EPS o perteneces al régimen subsidiado y quieres afiliarte a EPS SURA

 
 
 
 Si estás AFILIADO O ACTIVO en el régimen contributivo en tu actual EPS y quieres trasladarte a EPS SURA 

 
 
 Si nunca has estado afiliado a una EPS 
 
  
 Si estás retirado debes reportar el ingreso en tu EPS O si perteneces al régimen subsidiado debes solicitar movilidad al régimen contributivo en tu EPS actual

Una vez lo realices, debes presentar la solicitud de traslado a EPS SURA asegurándote así de estar cubierto mientras entra en vigencia tu afiliación con nosotros. Recuerda incluir dentro de la solicitud a todas las personas del núcleo familiar que tienes en tu EPS.

Si no cumples este paso, igualmente tramitaremos tu solicitud de traslado, pero ten en cuenta que no tendrás servicio en EPS SURA hasta la fecha en que tu actual EPS apruebe el traslado.

 

 

Se deben afiliar a

Régimen Contributivo como

cotizantes todas aquellas personas

residentes en Colombia:

 

    Pensionados
    por jubilación
    Trabajadores
    independientes
    Servidores
    públicos
    Pensionado por invalidez
    Rentistas
    Vinculadas mediante
    contrato de trabajo
    Pensionado por vejez
    Propietarios
    de las empresas
    Pensionado por sustitución
    Pensionado por sobrevivencia
    *Los ingresos mensuales, para todos los tipos de cotizantes, deben ser iguales o superiores al Salario Mínimo Legal Vigente,
    excepto pensionados por sobrevivencia.

    Tipos de cotizante:

    El código correspondiente a cada tipo de cotizante es importante para el diligenciamiento del formulario, el cual deberá coincidir con el tipo de cotizante que elija al momento de realizar el pago a través de PILA.
    Dependiente
    Ver documentos

    Código tipo de cotizante: 1

    Cotizante miembro de la carrera diplomática o consular de un país extranjero, o funcionario de organismo multilateral no sometido a la legislación de Colombia
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    Código tipo de cotizante: 32

    Servicio Dómestico
    Ver documentos

    Código tipo de cotizante: 2

    Beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensional
    Ver documentos

    Código tipo de cotizante: 33

    Independientes
    Ver documentos

    Código tipo de cotizante: 3

    Concejal municipal o distrital que percibe honorarios no amparado con póliza de salud
    Ver documentos

    Código tipo de cotizante: 35

    Aprendices del SENA en etapa lectiva
    Ver documentos

    Código tipo de cotizante: 12

    Concejal municipal o distrital que percibe honorarios no amparado con póliza de salud, beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensional
    Ver documentos

    Código tipo de cotizante: 36

    Independiente, agremiado o asociado Ver documentos

    Código tipo de cotizante: 16

    Cotizante pago solo salud
    Ver documentos

    Código tipo de cotizante: 42

    Funcionarios públicos sin topes máximos en el IBC Ver documentos

    Código tipo de cotizante: 18

    Trabajador dependiente de entidad beneficiaria del Sistema General de Participaciones Aportes Patronales
    Ver documentos

    Código tipo de cotizante: 47

    Aprendices del SENA en etapa productiva Ver documentos

    Código tipo de cotizante: 19

    Beneficiario del Mecanismo de Protección al Cesante
    Ver documentos

    Código tipo de cotizante: 52

    Estudiantes (Régimen especial - Ley 789 de 2002) Ver documentos

    Código tipo de cotizante: 20

    Afiliado partícipe
    Ver documentos

    Código tipo de cotizante: 53

    Estudiantes de postgrado en salud (Decreto número 2376 de 2010)
    Ver documentos

    Código tipo de cotizante: 21

    Afiliado partícipe - Dependiente
    Ver documentos

    Código tipo de cotizante: 55

    Profesor de establecimiento particular Ver documentos

    Código tipo de cotizante: 22

    Cooperativas o Precoperativas de Trabajo Asociado Ver documentos

    Código tipo de cotizante: 31

    Pensionados
    Ver documentos

    Código tipo de cotizante por pensión por sobrevivencia o sustitución: 1
    Código tipo de cotizante por pensión por vejez: 2
    Código tipo de cotizante por pensión por riesgos profesionales: 3
    Código tipo de cotizante por pensión compartida: 4
    Código tipo de cotizante por pensión por jubilación: 5

     

    Ten en cuenta lo siguiente:

    • Diligenciar el formulario con tinta negra
    • Documento de identidad ampliados al 150% y completamente legibles
    • Los documentos no deben tener tachones ni enmendaduras
    • La solicitud de traslado debe realizarla el cotizante, por medio del diligenciamiento del formulario
    • Debe estar inscrito en su EPS actual por un período mínimo de trescientos sesenta (360) días
    • El afiliado cotizante o cualquier miembro de su grupo familiar no deben estar hospitalizado en el momento de la solicitud de traslado
    • Debe estar a paz y salvo con el pago a los aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud para poder efectuar un traslado
    • En la solicitud de traslado debe incluir a todo el grupo familiar (relacionar a todos los beneficiarios que tiene en su actual EPS)

    A quiénes puedes incluir
    como beneficiarios y cuáles son los requisitos


    Los requisitos que se exigen para la afiliación son reglamentados por el decreto 780 de 2016

    Se requiere Formulario de Afiliación marcando la NOVEDAD 8: EXCLUSION DE BENEFICIARIOS (la guía para el diligenciamiento del formulario la encuentras al final de esta página).


    Cónyuge: Sentencia de divorcio o RC de matrimonio donde se demuestre el hecho o Documento del juez o notario donde se demuestre que el divorcio está en trámite. En caso tal que la sentencia tenga un ítem donde se refiere a manutención, ya sea por alimentación u otro concepto no se puede realizar la separación del grupo familiar así sean ambos cotizantes. El Certificado de Nulidad del matrimonial no es válido para Separación de grupo familiar.


    Para los demás parentescos: Se requiere el formulario diligenciado y firmado por el cotizante.
     

    Documentos obligatorios para afiliación de beneficiario:

     

    Cónyuge
    Cuestionario de la carta de derechos y deberes de los afiliadosAplica para beneficiarios de cualquier edad
    Tarjeta de identidad, pasaporte ó cédula de extranjeríaSi el beneficiario es menor de 18 años
    Cédula de ciudadanía o cédula de extranjeríaSi el beneficiario es mayor de 18 años
    Registro civil de matrimonioAplica para beneficiarios de cualquier edad
    Consulte aquí las oficinas donde se debe entregar toda la documentación