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Prohibición de cirugías estéticas en menores de edad:
Por medio de la cual se prohíben procedimientos médicos y quirúrgicos en menores de edad, aun cuando cuenten con el consentimiento de los padres.
“Ley Consuelo Devis Saavedra” a través de la cual se regulan los servicios de cuidados paliativos para el manejo integral del dolor, el alivio del sufrimiento y otros síntomas, de pacientes con enfermedades terminales, crónicas, degenerativas e irreversibles en cualquier fase de la enfermedad.
Ley 1712 de 2014: "Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del derecho de acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones".
Por la Naturaleza Jurídica de la entidad, y de acuerdo con la normatividad vigente EPS SURA no publica procesos y procedimientos ya que contiene información confidencial de la compañía.
Exploremos la
importancia y el papel crucial que desempeñan las
asociaciones en
el marco Acemi
EPS SURA al ser una compañía que basa su funcionamiento en definiciones previamente establecidas en normas, todas sus actuaciones, políticas y definiciones, se circunscriben a lo que la norma permite ejecutar. Conforme al organigrama establecido por la compañía, las decisiones se toman por el área respectiva de acuerdo a la naturaleza del tema.
Formulario
electrónico de solicitudes , peticiones, quejas, reclamos y denuncias
Caracterización por Departamento:
EPS SURA es vigilada por la Superintendencia Nacional de Salud, que ejerce inspección, vigilancia y control; por el Ministerio de Salud y Protección Social, que formula políticas públicas en salud. También está sujeta al control fiscal de la Contraloría General de la República, y al control disciplinario de la Procuraduría General de la Nación. Además, cuenta con auditoría interna y revisoría fiscal externa certificada por la Junta Central de Contadores.
Informe sobre
transmision de informacion a entes de control y vigilancia
De acuerdo con los parámetros establecidos por la normatividad vigente, se evidencia que a nuestra Compañía, como EPS, no le es aplicable el Estatuto General de Contratación de acuerdo con los presupuestos establecidos por el Consejo de Estado en el auto del 25 de febrero de 2021, mediante el cual se suspendieron provisionalmente las Circulares Externas 1 de 21 de junio de 2013 y 20 de 27 de agosto de 2015, expedidas por la Dirección de la Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente. Por lo anterior, a la fecha la EPS no cuenta con la obligación de publicar el listado de contratos que tiene suscritos en EL SECOP. No obstante, es menester tener presente que nuestra Compañía sí realiza los reportes contractuales directamente en SIRECI.
SURA pertenece al régimen especial y no nos obliga a tener el Plan Anual de Adquisiciones (PAA).
EPS SURA cumple con el reporte delas circulares 008 y 017 de 2020 de la Super Salud
EPS SURA cumple con el reporte de las circulares 008 y 017 de 2020 de la Super Salud
La información sobre informes de gestión, evaluación y auditoría; y los reportes de control interno contienen información sensible de la EPS SURA.
Informe sobre trasmisiones
de
información a Entes de Control y Vigilancia
La información sobre informes de gestión, evaluación y auditoría; y los reportes de control interno contienen información sensible de la EPS SURA.
En virtud de la Naturaleza jurídica de la EPS SURA no está obligada a reportar en el micrositio de ley de transparencia, ya que de conformidad con lo dispuesto en la Ley 87 de 1993 "Por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del estado y se dictan otrasdisposiciones" los sujetos obligados son: Art 5: Campo de aplicación. La presente Ley se aplicará a todos los organismos y entidades de las Ramas del Poder Público en sus diferentes órdenes y niveles así como en la organización electoral, en los organismos de control, en los establecimientos públicos, en las empresas industriales y comerciales del Estado en las sociedades de economía mixta en las cuales el Estado posea el 90% o más de capitalsocial, en el Banco de la República y en los fondos de origen presupuestal
Los planes de atención del ciudadano son una obligación de entidades publicas, EPS SURA por su naturaleza jurídica no está obligada a contar con éstos; sin embargo se encuentran diferentes estrategias y metodologías dirigidas a la atención del ciudadano, en los que se observan los mecanismos para el acceso, la atención de diferentes requerimientos, la realización de trámites, etc.
De conformidad con lo establecido en las normas vigentes, el Sistema General de Seguridad Social en Salud estimula la participación de los usuarios en la organización y control de las instituciones y del sistema en su conjunto. Dentro de estas formas de participación ciudadana en salud que se implementan en EPS SURA se encuentran:
1. Conformación de asociaciones, ligas o alianzas de usuarios: El decreto 1757 de 1994, define la Alianza o asociación de usuarios, como una agrupación de afiliados del régimen contributivo y subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que tiene derecho a utilizar unos servicios de salud de acuerdo con su sistema de afiliación y que velará por la calidad del servicio y la defensa del usuario. Responsable: Gerencia de Mercadeo.
Como base fundamental de la participación ciudadana en salud, se realiza convocatoria pública por medio de carteleras ubicadas en nuestras oficinas de atención al usuario e IPS de cada ciudad donde tenemos cobertura geográfica, adicional en el canal salud al día en nuestras IPS informa de manera permanente la existencia de la asociación y se indica cómo hacer parte de ella.
El proceso de participación ciudadana institucional se encuentra documentado aquí.
Los afiliados interesados en hacer parte de la asociación de usuarios
EPS/IPS pueden
realizarlo por medio del correo electrónico:
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
Contactarse
con la líder de participación ciudadana en cada una de nuestras
regionales o por
medio de las enfermeras líderes de nuestras IPS Básicas.
Puede hacer parte de la asociación de usuarios cualquier afiliado de la
EPS Sura,
que se encuentre activo, que haya utilizado alguno de nuestros servicio,
mayor de
edad Como mecanismo presencial contamos con las líderes regionales de
participación
ciudadana o a través de nuestras enfermeras líderes de las IPS
Coordinación
experiencia y procesos /Participación ciudadana e institucional.
2. Veedurías en salud para el ejercicio del control social: La Asociación, Liga o Alianza podrá conformar Comités de Veeduría en Salud, para los planes y programas de la EPS y para la prestación de servicio de salud.
3. Defensor del usuario: Es un vocero de los afiliados ante las respectivas EPS respecto de las quejas y reclamos relativos a la prestación de servicios de salud. Se trata de una figura no obligatoria para la EPS, quien ha definido de manera discrecional establecerla y para tal efecto, conoce, gestiona, da traslado a las instancias competentes y comunica al quejoso sobre su gestión y solución.
EPS SURA en ejercicio de la autonomía de su voluntad y con el compromiso de cumplir con una adecuada gestión de recursos y de promover servicios de salud, cuenta con mecanismos de eficientes y de fácil acceso para que los usuarios realicen trámites ante la entidad a través de su página web
La información minima requerida se encuentra disponible en el Micrositio Ley de
transparencia:
https://www.epssura.com/leyes/2088-ley-de-transparencia
Así mismo en el sitio web de la EPS:
https://www.epssura.com
Dentro del sitio web EPS SURA https://www.epssura.com se encuentran DATOS ABIERTOS y SIN PROCESAR. Se excluyen los activos de información de naturaleza RESERVADA Y CLASIFICADA; algunos ejemplos son las secciones de: normatvidad, noticias, carta de derechos y deberes, documentos consultables.
Esquema de Publicación de la información EPS
La recepción de solicitudes de información y los medios para hacer seguimiento a la misma se pueden realizar a través del servicio CANALES DE CONTACTO, que se encuentra disponible en el sitio web de EPS SURA, así mismo en el sitio web: https://www.epssura.com/escribenos puede consultarse y realizar seguimiento a las solicitudes de información de naturaleza publica
Niños, niñas y adolescentes
La recepción de solicitudes de información y el formulario para radicación y solicitud de acceso a la información se encuentra disponible en https://www.epssura.com/escribenos
El esquema actual del micrositio de la EPS: https://www.epssura.com/leyes/2088-ley-de-transparencia contiene la documentación requerida de conformidad con La Ley 1712 de 2014
Actualmente la compañía se encuentra desarrollando los modelos
para la inclusión de estas
subcategorías a los sitios web. Pueden encontrar información
asociada en el micrositio de
ley de transparencia en el botón POBLACION CON VULNERABILIDAD
SOCIAL:
https://www.epssura.com/leyes/2088-ley-de-transparencia
Nuestros usuarios pueden estar completamente tranquilos al utilizar Servicios a un clic en nuestra página de Internet, ya que las transacciones se desarrollan en un SITIO SEGURO con tecnología SSL (Secure Socket Layer). Las páginas de Internet que usan esta tecnología de seguridad se reconocen en el navegador de Internet de varias formas: La dirección de la página o URL ya no es http:// sino https:// Si su navegador es Microsoft Explorer aparecerá un candado cerrado en el navegador en la parte inferior derecha.
Por medio de la cual se fortalecen las medidas de protección a la integridad de las víctimas de crímenes con ácido y se adiciona el artículo 113 de la ley 599 de 2000.
Por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar.
Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones
Por la cual la cual se establecen disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad.